MODIFICAN REGLAMENTACIÓN DEL IRE Y PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Mediante el Decreto 6105/21, el Poder Ejecutivo modificó el reglamento de varios aspectos de la nueva ley tributaria en lo referente al impuesto a la renta empresarial (IRE) y a las Normas Especiales de Valoración de Operaciones.
De acuerdo con la explicación dada por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), se aclaró el tratamiento tributario que corresponde ser aplicado cuando el ingreso anual de la Unidad Productiva Conjunta (UPC) supere el importe establecido para liquidar el IRE en su versión Simple.
Por su parte, las modificaciones del artículo 28 y 31, respectivamente, esclarecen cuándo los envases son considerados bienes del activo corriente o bienes del activo fijo, y aclaran los años de vida útil y el valor residual de estos últimos, así como del ganado vacuno hembra destinado a la cría y a la producción de leche, entre otros.
Por otro lado, en lo referente a las Normas Especiales de Valoración de Operaciones, la normativa presidencial introduce cambios al Registro de Contratos de Compraventa, fundamental para las operaciones de exportación de bienes sobre los cuales existe cotización internacional pública en mercados transparentes.
Se aclaró, asimismo, que los contratos de compraventa correspondientes a exportaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2021, de los bienes alcanzados por el artículo 38 de la legislación vigente, podrán registrarse hasta el 31 de diciembre de 2021, y la habilitación de dicho registro se efectuará por parte de la Administración Tributaria en noviembre.
Se puede consultar más detalles sobre el Decreto 6105/21 en la sección Normativas de la página web de la SET (www.set.gov.py).
*Fuente Última Hora